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Actualidad

AYUDAS DE CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL DEL PROGRAMA 'MENTORING Y APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME'

10 de ago de 2023

Objeto: apoyar a las empresas españolas en la obtención de las certificaciones para la comercialización internacional de sus productos y servicios fuera de la UE, con el fin de facilitar el acceso a nuevos mercados y/o clientes, así como mejorar el valor añadido de sus exportaciones. 

Entidades beneficiarias: 

  • Ser Pyme (según el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014). 

  • Estar inscrita en el Censo IAE, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de solicitud de la ayuda. Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE. En el caso de empresas que operen en el sector primario, podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen producto transformado siempre y cuando estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora. 

  • Disponer de producto, servicio o marca propia.  

  • Tener una facturación superior un millón de euros en el último ejercicio contable cerrado.  

  • Ser empresa exportadora (sólo si se solicita la ayuda para una certificación internacional de carácter voluntario para un mercado fuera de la UE). 

Características de la ayuda: la empresa recibirá hasta un máximo de 20.000 euros como ayuda económica, sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros. Los gastos serán prefinanciados por las empresas beneficiarias, quienes asumirán además el 20% de cofinanciación de los mismos. 

Gastos elegibles: los gastos derivados del proceso de certificación de los productos de la empresa beneficiaria en el/los mercados(s) exterior(es) indicado(s) en su solicitud de participación, admitiéndose gastos ya realizados, siempre que la fecha de factura y pago de estos sea posterior a 1 de enero de 2023. (Anexo I). 

Se incluyen tanto las certificaciones obligatorias como las voluntarias, siempre que éstas se dirijan a la actividad exportadora de la empresa (en el caso de las certificaciones voluntarias, la empresa deberá acreditar su condición de empresa exportadora).  

Gastos vinculados a la certificación:  

  • Gastos de consultoría necesarios para llevar a cabo la certificación de los productos.  

  • Coste de envío de muestras (incluye certificación de envío), de devolución al acabar los ensayos y/o destrucción de las muestras.  

  • Coste de los ensayos de laboratorio (en España o en destino). 

  • Coste de ensayos o de investigaciones clínicas. 

  • Coste de emisión del certificado/homologación. 

  • Coste de realización de auditorías, en caso de ser precisas y siempre relacionadas con el proceso de certificación/homologación.  

  • Coste de renovación/mantenimiento de certificados, si bien tendrán carácter prioritario en lo que a apoyo se refiere, certificaciones de primer año.  

  • Traducción y legalización de documentos (p.e. manuales de instrucciones).  

En todos los casos, la Unidad de Gestión de Cámara de España supervisará la elegibilidad de la certificación propuesta por la empresa y de los gastos asociados a la misma. Se admitirán pagos parciales por trabajos ya realizados, siempre y cuando sea contra la emisión de una factura. 

Plazo de ejecución: el plazo máximo para la ejecución de esta ayuda será de 6 meses desde la fecha de la resolución favorable. 

Plazo de solicitudes: hasta el 30 de septiembre de 2023, si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto. 

Enlaces de interés: Bases, convocatoria y anexos: Base de Datos Nacional de Subvenciones (infosubvenciones.es) 

Presentación de solicitudes e información: Sede Electrónica (camara.es)Línea CERTIFICACIÓN INTERNACIONAL | Mentoring (camara.es)