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Actualidad

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2020

28 de jul de 2020

Desde la concejalía de impulso económico se informa de la convocatoria de subvenciones para la dinamización del mercado municipal convocatoria 2020.

 

. Bases completas

. Publicación BOP 11/08/2020

RESOLUCIONES

En este apartado se irán colgando las cantidades concedidas aprobadas en cada acuerdo de junta de gobierno local.

Aprobaciones

REQUERIMIENTOS

Tal como figura en el punto 4 de las bases que regula la convocatoria si la solicitud o la documentación que debe acompañarla no reunieran los datos de identificación, adolecieran de algún error o fueran incompletas, se requerirá al solicitante, para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley

Requerimientos

OBJETO: Ayudas económicas, para el fomento del autoempleo, la dinamización y modernización y consolidación empresarial del Mercado Municipal como generador de empleo en la localidad.

 

PROGRAMAS: Esta convocatoria recoge dos programas:

       PROGRAMA 1

Ayudas a la actividad: con el objetivo de fomentar la ocupación o ampliación de los puestos o palcos del mercado municipal.

  • BENEFICIARIOS: Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas, los titulares de los puestos o palcos del mercado municipal cedidos en régimen de autorización administrativa siempre que hayan iniciado su actividad entre el 01/01/2020 y el 01/12/2020.
  • ACCIONES APOYABLES Y CUANTÍA MAXIMA SUBVENCIÓN:  El importe máximo de la subvención será de 1.000,00 €. Se subvencionará en este apartado los gastos necesarios para la constitución hasta un máximo de 1000 €. También tendrán la consideración de gastos subvencionables la adquisición de material de protección frente al COVID-19.

      PROGRAMA 2

Ayudas de modernización y consolidación: para gastos y/o inversiones en equipamiento realizadas en el puesto o en el palco con  el objetivo de dinamizar y modernizar el mercado municipal.

  • BENEFICIARIOS: Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas, los titulares de los puestos o palcos del mercado municipal cedidos en régimen de autorización administrativa:
  • ACCIONES APOYABLES Y CUANTÍA MAXIMA SUBVENCIÓN: Se considerarán apoyables los gastos y/o inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, siempre que la inversión no sea inferior a 300 euros. El importe máximo de la subvención será del 100% del coste de la inversión elegible con un máximo de 3.000 €. Sólo se presentará una solicitud de subvención por actividad empresarial.También tendrán la consideración de gastos subvencionables la adquisición de material de protección frente al COVID-19 para el establecimiento o como protección personal En el caso de que una misma actividad tenga varios palcos o puestos, el máximo subvencionable se aplicará sobre los 3.000 €. También tendrán la consideración de gastos subvencionables la adquisición de material deprotección frente al COVID-19 para el establecimiento o como protección personal.

 

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes de participación se iniciará con la publicación presentes ayudas al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP 11/08/2020 y se extenderá hasta el 01/12/2020

 

Para cualquier aclaración los interesados pueden contactar con el Servicio de Desarrollo Local y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Catarroja a través del correo electrónico adl@catarroja.es

La tramitación será telemática y para ello será necesaria la firma digital del solicitante o de alguna persona que actúe como su representate para este trámite. Para tramitar la solicitud deberá rellenar los impresos siguientes, firmarlos y subirlos a la plataforma de tramitación electrónica.