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Actualidad

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL INTERIOR - 2021

01 de jul de 2021

BASES

Por acuerdo de Pleno de fecha 29/06/2021 se aprueban las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para la dinamización del Mercado Municipal Interior correspondientes al ejercicio 2021. 

 

DENEGACIONES Y DESISTIMIENTOS

DENEGACIONES Y DESISTIMIENTOS AYUDAS DINAMIZACIÓN MERCADO 2021

 

CONCESIONES

Aprobación Relación 1 Pago Ayudas Dinamización Mercado Municipal (JGL 22_12_2021)

 

RESUMEN y TRÁMITE

AVISO: El resumen que se proporciona a continuación tiene únicamente carácter informativo. Por favor, lean las BASES COMPLETAS para conocer y tramitar esta ayuda correctamente.

Objeto y beneficiarios

Objeto: El objeto de esta convocatoria es crear unas ayudas económicas para el fomento del autoempleo, la dinamización, modernización y consolidación empresarial del Mercado Municipal como generador de empleo de la localidad. 

Se recogen dos programas:

  • PROGRAMA 1. Ayudas a la actividad: Ayudas económicas que tienen el objetivo de fomentar la actividad en el Mercado Municipal.
  • PROGRAMA 2. Ayudas de modernización y consolidación del establecimiento: Ayudas para gastos y/o inversiones en equipamiento realizadas en el puesto o en el palco con el objetivo de dinamizar y modernizar el Mercado Municipal.

Beneficiarios: Los beneficiarios de ambos programas deben ser titulares de los puestos o palcos del interior Mercado Municipal cedidos en régimen de autorización administrativa. 

 


Líneas de la ayuda y gastos subvencionables

Esta ayuda consta de 2 líneas, COMPATIBLES ENTRE SÍ

 

 PROGRAMA  1  Ayudas a la actividad:

  • Beneficiarios: Los beneficiarios de esta línea deben ser titulares de los puestos o palcos del interior Mercado Municipal cedidos en régimen de autorización administrativa habiendo iniciado su actividad entre el 01/01/2021 y el 01/12/2021, siendo este un requisito indispensable.
  • Cuantía: El importe máximo de este programa será de 1.000 €, subvencionando principalmente los gastos necesarios para la constitución del establecimiento.
  • Gastos subvencionables: Se considerarán gastos subvencionables los servicios de empresas y profesionales, gestorías, primas de seguro, publicidad, comunicaciones, entre otros. También tendrán la consideración de gastos subvencionables la adquisición de material de protección frente al COVID-19 para el establecimiento o como protección personal.

 

 PROGRAMA  2   Ayudas de modernización y consolidación del establecimiento:

  • Beneficiarios: Los beneficiarios de esta línea deben ser titulares de los puestos o palcos del interior Mercado Municipal cedidos en régimen de autorización administrativa. Las ayudas se destinarán para gastos y/o inversiones en equipamiento realizadas en el puesto o en el palco.
  • Cuantía: El importe máximo de este programa será del 100% del coste de la inversión elegible con un máximo de 3.000 €. La cuantía a solicitar no podrá ser inferior de 300 €. La cantidad a subvencionar se calculará sobre los justificantes en facturas de los gastos subvencionables aportados por el solicitante.

IMPORTANTE: Únicamente se presentará una solicitud de subvención por actividad empresarial. En el caso de que una misma actividad tenga varios palcos o puestos, el máximo subvencionable se aplicará sobre los 3.000 €.

  • Gastos subvencionables: Se considerarán gastos subvencionables todos aquellos necesarios para acometer el proyecto de mejora, modernización del puesto o palco, incluidos los gastos por la redacción de proyectos de obra. Puede acudir al artículo 4 de las Bases Completas para conocer el listado completo de gastos subvencionables.

NO será subvencionable, en ningún caso, ni el IVA satisfecho ni pagos en efectivo y pagos de tributos (impuestos, tasas, precios públicos).

 

 

Documentación a presentar

Impresos a cumplimentar (los puedes encontrar en el trámite):

  • Solicitud telemática según modelo normalizado. 
  • Poder de representación del representante legal (en caso de no disponer de firma digital) según modelo normalizado.
  • Ficha de mantenimiento de terceros según modelo normalizado.
  • Modelo de cuenta justificativa que incluirá una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor,  importe, fecha de emisión y fecha de pago, según modelo normalizado.

Documentación a adjuntar:

  • Certificado de estar al corriente de pago en la Seguridad Social. Lo puede obtener aquí.
  • Facturas u otros documentos acreditativos de los gastos para las cuales se solicita la ayuda.
  • Justificantes de pago de estas facturas. No se admitirán como justificantes los pagos en metálico.
  • En el caso de la subvención de instalaciones como campanas de extracción deberá aportar el correspondiente certificado de instalación facilitado por el técnico instalador.

Los gastos justificados tendrán que haberse realizado desde el 01/01/2021 y hasta el momento de solicitud de la ayuda y tienen que estar pagados en el momento de la justificación.
 

 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de ayudas se iniciará el día siguiente al de su publicación en el BOP: 15/07/2021 y finalizará el 1 de diciembre de 2021. 

 

 

Tramitación

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Catarroja.

Para la tramitación de estas ayudas es necesario poseer el certificado/firma digital. En caso de no tenerla podrá elegir una persona que sí la tenga y que actúe en este trámite como representante, o, puede solicitarlo en la OIAC, planta baja del Ayuntamiento, pidiendo cita previa primero: Pedir CITA PREVIA

Para la firma electrónica de documentación que lo requiera, se precisa de: Programa autofirm@ o bien mediante firma biométrica presencial en la OIAC.

La tramitación será TELEMÁTICA, y puede acceder a ella en el siguiente enlace:

  (Trámite finalizado)

 


Contacto

Para cualquier aclaración los interesados pueden contactar con el Servicio de Desarrollo Local y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Catarroja a través de:

Correo electrónico: adl@catarroja.es

Teléfono:

667 421 503

637 028 222