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Actualidad

PROGRAMA DE AYUDAS URGENTES PARA EL COMERCIO COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

15 de jun de 2020

Estas ayudas, dirigidas a autónomos, pymes y micropymes del comercio y la artesanía se han puesto en marcha para dar respuesta a la excepcional situación del sector comercial ocasionada por la pandemia. La dotación total presupuestada es de 7,4 millones de  euros, sin perjuicio de su posible ampliación, y se pueden solicitar desde el día 15 de junio hasta el 31 de julio de 2020.

OBJETO:

La concesión directa de ayudas a las pymes y micropymes que ejercen actividad comercial y artesana, para los gastos ocasionados por la crisis de la Covid-19, así como las inversiones a realizar en equipación para el establecimiento comercial y para la venta en mercados de venta no sedentaria.

BENEFICIARIOS: 

Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, ni sociedades civiles, ni comunidades de bienes, ni cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

AYUDAS AVALEN COMERÇ

Comercios - Inversiones

Inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial: exposición, almacenamiento y venta del producto; señalización e identificación del establecimiento; informática para la implantación de sistemas de información, gestión y comunicación. -se excluyen programas y aplicaciones-; sistemas de seguridad; accesibilidad; ahorro energético.

Implantación de la venta en línea segura o la integración de esta en una plataforma en línea de comercio electrónico: aplicaciones informáticas y los gastos de la creación de una página web, siempre que esté vinculada al establecimiento.

Inversión mínima 3.000 euros. Subvención máxima : 50% máximo 20.000€

Comercios - Gastos corrientes

Gastos corrientes realizados en productos y servicios de medidas de protección, prevención e higiene necesarias para garantizar la seguridad del personal (guantes, mascarillas, fumigadores,...). 

Gastos corrientes necesarios para la puesta en marcha de servicios logísticos de proximidad como es el reparto a domicilio o el impulso de la digitalización del comercio y la implantación y acceso a plataformas de venta en línea.

Gasto mínimo 750 €. subvención máxima hasta 1.500€

AYUDAS AVALEN MERCATS

BENEFICIARIOS:

Micropymes en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE (venta en mercados de venta no sedentaria, si disponen de autorización municipal).

Venta no sedentaria - Inversiones

Inversiones en adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación, si cumplen la normativa vigente en materia medioambiental.

Inversión mínima: 1.000 €. Subvención máxima: 50% Máximo 5.000€

Inversiones relacionades con el Covid-19, realizadas en equipación para garantizar la prevención y protección de comerciantes y clientes de acuerdo con las normas de seguridad dictadas por la autoridad competente.

Subvención máxima: 100% máximo 2.000€

Venta no sedentaria - Gastos corrientes

Gastos corrientes realizados en productos y servicios de medidas de protección, prevención e higiene necesarias para garantizar la seguridad del personal (guantes, mascarillas, fumigadores,...).

Gastos necesarios para la puesta en marcha de servicios logísticos de proximidad como es el reparto a domicilio o el impulso de la digitalización del comercio y la implantación y acceso a plataformas de venta en línea.

Gasto mínimo 750 €. Subvención máxima : 100% máximo 1.500€

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Se considerarán apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020 para las inversiones no relacionadas con el Covid-19 y desde el 1 de marzo los gastos corrientes e inversiones relacionadas con el Covid-19.

Se presentará una solicitud por cada una de las ayudas a las cuales se opte, de manera telemática, mediante el procedimiento habilitado al efecto, a través de la sede electrónica de la Generalitat

No es subvencionable el IVA.

OBLIGACIÓN de mantener la actividad económica durante al menos 6 meses, a contar desde el día de la concesión de la subvención.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN: se iniciará a las 09.00 horas del día 15 de junio de 2020, hasta las 12.00 horas del 31 de julio de 2020.

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ENLACES DE ACCESO A LA SUBVENCIÓN:

-ENLACE PROCEDIMIENTO Y SOLICITUD TELEMÁTIVA EN INVERSIONES EQUIPAMIENTO COMERCIAL

-ENLACE PROCEDIMIENTO Y SOLICITUD TELEMÁTICA PARA GASTOS CORRIENTES

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-DECRETO 66/2020, de 5 de junio, del Consell, de aproba-ción de las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes en materia de comercio y artesanía como consecuencia de la Covid-19

-Preguntas frecuentes sobre las nuevas subvenciones en materia de comercio por la Covid19.